QUIENES SOMOS

UNO POR UNO S.A.S

Uno por Uno es una compañía Avalista contratada por comerciantes para respaldar las deudas de crédito contraídas por personas en los comercios, garantizando el pago completo de la deuda al comercio cuando el cliente presenta dificultades y facilitando al cliente deudor la normalización de sus deudas. Nuestro respaldo agiliza para los clientes los procesos de aprobación de crédito y provee a los comercios un retorno seguro de la deuda.



CONTAMOS CON LOS
MEJORES SERVICIOS PARA USTED


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PREGUNTAS FRECUENTES


1¿Por qué Uno por Uno tiene mi deuda si no les he comprado?
Cuando usted realizo una compra a crédito en alguno de nuestros comercios afiliados, usted aceptó a Uno por Uno como avalista de su crédito y firmo un contrato con nuestro servicio de aval y autoriza a que en caso de que usted no pueda pagar su deuda al comercio, Uno x Uno cancelará el saldo pendiente al comercio y pasará a ser el acreedor principal de su obligación.

Si usted no cancelo su obligación con el comercio en el plazo inicialmente acordado, dicha obligación, incluyendo valores adicionales por intereses y gastos de cobranza pasará a ser gestionada y recaudada por Uno por Uno. Usted no tendrá ningún saldo pendiente con el comercio y no significa que su deuda desaparece, sino que deberá realizar nuevos acuerdos de pago con nosotros
2¿En qué consisten los acuerdos de pago?
Cuando usted es contactado por Uno por Uno o voluntariamente se acerca a cancelar su cuenta al comercio y se le informa que debe hacer su gestión ante una entidad diferente, como lo es “Uno por Uno”, usted contará con nuestra asesoría para facilitarle el pago de su deuda. Usted tiene dos alternativas:

  • Cancelar la totalidad de su deuda más intereses y otros gastos. Además buscar descuentos por cancelación total.
  • Solicitar una refinanciación de todos los valores adeudados, ampliando el plazo, de manera que el valor de las cuotas se ajuste a sus ingresos disponibles.

El nuevo acuerdo de pago no requiere ser presencial, para su mayor facilidad puede realizarse por canales telefónicos y/o de correo electrónico.

Línea telefónica: (034) 403 6992 Whatsapp: (+57) 322 654 6578 infocontactenos@unoporuno.com.co
3¿Los acuerdos de pago tienen costos adicionales?
Si el plazo para pagar es ampliado, su deuda se aumentará en proporción al tiempo adicional y a la tasa de interés legal vigente. Adicionalmente a los intereses de mora usted deberá cubrir los gastos de cobranza en los que incurrió en el comercio al requerir gestiones adicionales para contactarlo y recordarle su compromiso de pago.
4¿Cómo afectan mi puntaje de crédito que la deuda haya sido pagada por el Aval?
El comercio en el cual usted realizó la compra inicial ha reportado mensualmente los días en mora de su obligación, cuando la deuda es cubierta por el Aval de Uno por Uno, su obligación se reportará como “Cartera Recuperada” y la información negativa que refleja incumplimientos o moras permanecerá por el doble del tiempo de la mora máxima hasta el momento de cancelar su deuda y máximo hasta 4 años según el artículo 13 de la Ley 1266 de 2008 Habeas Data.

Ejemplo:

  • Sr xxx tiene una deuda con el comercio que esta en mora de 360 días. Esta mora es reportada a las centrales de riesgo: Datacredito, Procredito y Cifin.
  • El comercio solicita al avalista “Uno por Uno” que le cancele el saldo en mora que el Sr XX no ha pagado.
  • El Avalista paga al comercio y la deuda queda cancelada a este comercio.
  • El comercio reporta a las centrales de riesgo que la obligación a sido cancelada junto a los días de mora que tenía la obligación, por CARTERA RECUPERADA. Para el ejemplo 360 días.
  • La central de riesgo indicará que ya no tiene una deuda pendiente “con el comercio- almacén” pero continuará reflejando su comportamiento negativo de pago con el comercio por los próximos 2 años.
5¿Cómo reporta Uno por Uno mi información a las centrales de riesgo?
Uno por uno como “Nuevo Acreedor de su deuda” reportará los saldos adeudados y los días en mora de su obligación, de acuerdo a los plazos inicialmente pactados entre usted y el comercio.

En el momento que usted realiza un nuevo acuerdo de pago con Uno por Uno, la información del reporte negativo es “modificada” por una obligación “AL DIA” con los nuevos plazos lo cual mejora su historial crediticio.
6¿Cómo realizo los pagos a Uno por Uno?
Disponemos de varios canales de pago como son:

  • Pagos por internet con tarjetas debito y crédito
  • Pagos en efectivo en la Red Baloto, Gana y Efecty
  • Consignación bancaria
7¿Cuáles son las leyes y los derechos?
En Uno por Uno cumplimos y garantizamos tus derechos a través del cumplimiento de las normas colombianas de Habeas data y estatuto de protección al consumidor. Siempre podrás consultarnos acerca de tus derechos, o si consideras que no estas siendo atendido y con gusto analizaremos tu situación.

En caso de que nuestra respuesta no sea satisfactoria podrás presentar tu queja ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) entidad encargada de la vigilancia a nuestra entidad y del cumplimiento de la normatividad.
8¿Qué es la Ley de insolvencia personal?
Es la Ley 1564 aprobada el 12 de julio del 2012, llamada Ley de insolvencia para personas naturales –no comerciantes–, ideada para que quien esté en problemas económicos sanee sus finanzas.

Ampara a quien incumpla el pago de dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de noventa días o cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos, la iniciativa no es para quien se “cuelgue” en el pago del celular, sino para personas que realmente lo necesitan y que demuestren voluntad de pago. “Lo que se pretendió con esta Ley era darles una segunda oportunidad a las personas, que no duraran toda la vida perseguidas, demandadas o embargadas por una plata que no podrán pagar”, todo a partir de contar con su buena fé, porque si se descubre que antes de declararse en bancarrota vendió o traspasó algún bien importante, actuando de mala fe, el proceso puede reversarse e inclusive dar pie a encarcelamiento.

El único caso en que una persona no se puede acoger a la Ley 1564 es si las deudas son por obligaciones de alimentos. De resto, es útil para renegociar saldos por tarjetas de crédito, créditos de todo tipo (entre ellos el del ICETEX y libranzas) impuestos, arriendos y hasta servicios públicos, entre otros, con la ventaja de que lo deben reconectar al hacer el acuerdo de pago, aunque no haya cancelado toda la acreencia.

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